PRIMER PROCESO JUDICIAL SIN PAPEL EN COLOMBIA. Por Óscar Humberto Gómez Gómez

ÓSCAR HUMBERTO GÓMEZ GÓMEZ [Fotografía: Fernando Rueda Villamizar].

 


NOTA DEL PORTAL: A pesar de la molestia y la incomprensión de algunos funcionarios judiciales, cada vez se despeja más el panorama para la que ha sido nuestra lucha porque en la Rama Judicial se acabe la creencia de que imponerles a las partes la carga procesal de tomar montañas de fotocopias, la inmensa mayoría innecesarias, es cuestión de, simplemente, dictar dos renglones (“Envíese al superior copia del expediente“, por ejemplo). ¿Copia del expediente? ¿Es consciente quien da esa orden de lo que ella implica? ¿Sabe cuántos árboles deben morir para fabricar ese papel que inútilmente se gastará a consecuencia de esa orden? ¿Por qué no enviar al superior, más bien, el folio o los folios que, en realidad, se necesitan?

Esa lucha la hemos librado no solo en nuestros memoriales, interponiendo recursos contra esa clase de decisiones y solicitando que se revoquen y que, en su lugar, se consulte directamente el original cuyo contenido se requiere conocer, sino también en desarrollo de nuestra labor periodística.

Así, en este portal hemos insertado apartes de lo que ha sido esa lucha y nuestra indeclinable oposición a que se proceda con tanto facilismo y con tanta irresponsabilidad en la actividad jurisdiccional.

En estos mismos momentos, para no ir tan lejos, nos estamos oponiendo, en uno de los procesos que como abogados de los demandantes adelantamos, a que se ordene fotocopiar todo un expediente para un trámite en el cual basta fotocopiar apenas unos cuantos folios. Ya veremos en qué para esta nueva reclamación nuestra.

 

 

No es la primera vez, por supuesto, en que nos ha tocado oponernos a semejante disparate. En alguna ocasión, tuvimos que impugnar la orden de que se fotocopiara un expediente completo cuando lo único que se discutía, y que tenía que definir el superior jerárquico, era si al solicitarse el testimonio de un sacerdote residente en la Misión Apostólica de Apartadó (Antioquia) de nombre Hernando David se había cumplido o no el requisito legal de suministrar el “lugar de residencia del testigo”. Mientras el Tribunal Administrativo de Santander entendía que no se había dado “el lugar de residencia” del declarante, el peticionario del testimonio consideraba que la “Misión Apostólica de Apartadó” era, precisamente, el lugar donde el cura residía. El Tribunal negó el testimonio, la parte demandante apeló esa decisión, el Tribunal concedió el recurso, pero ordenó remitir al superior jerárquico, esto es, al Consejo de Estado, fotocopia “del expediente”.  Ello comprendía, desde luego, todo el expediente, es decir: la demanda, todos sus anexos, el auto admisorio de la demanda, las notificaciones de ese auto a los representantes de cada entidad y al Ministerio Público, las contestaciones de la demanda junto con sus correspondientes anexos (las entidades demandadas eran varias y, en consecuencia, había numerosas y extensas contestaciones), las resoluciones de nombramiento de los representantes legales de cada una, sus actas de posesión, el poder que cada uno le había otorgado al abogado que contestó la demanda, , los llamamientos en garantía, el auto admisorio de los llamamientos en garantía, la notificación de ese auto a las entidades llamadas en garantía -que eran, generalmente, compañías de seguros-, las contestaciones de cada entidad llamada en garantía, el auto de pruebas, etcétera.  Consecuentes con nuestra línea de conducta en esta materia, nos opusimos de inmediato a esa orden, con el argumento de que para saber si se había suministrado el lugar de residencia del testigo o no se había suministrado era suficiente con, simplemente, fotocopiar el folio donde aparecía la petición de ese testimonio, pues allí, en un renglón decía que se solicitaba la declaración del siguiente testigo: “Padre HERNANDO DAVID, Pbro. : Misión Apostólica de Apartadó. Apartadó (Antioquia)“. ¿Para qué servía, entonces, fotocopiar todo el resto del voluminoso expediente?

 

 

Pues bien: acaba de producirse la noticia de que ha culminado en el país el primer proceso sin papel. El siguiente es el informe, emanado de la propia Rama Judicial, acerca de ese trascendental antecedente:

 

 

“Esta semana se produjo en Colombia la primera sentencia tramitada sin papel, por parte de un juzgado de Ibagué, en un proceso de restitución de tierras.

El fallo se profirió en el marco del proyecto llamado “Cero Papel”, que impulsa la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, y que busca que los procesos judiciales se tramiten en su totalidad por medios electrónicos.

Este proyecto se va a ir expandiendo a las demás ciudades y procesos, con el fin de ahorrar papel, por razones ambientales, y de agilizar los procesos por medio de las tecnologías de la información.

El proyecto Cero Papel es fruto de la labor coordinada durante varios meses entre la rama judicial y la Unidad de Restitución de Tierras del Ministerio de Agricultura, quienes conformaron un grupo interdisciplinario integrado por magistrados, jueces e ingenieros de sistemas para implementar los procedimientos que permitieron la integración de los sistemas de información de cerca de una docena de entidades, con el fin de sistematizar la recepción de la demanda y el trámite judicial a través de correos electrónicos, todo ello complementado con las medidas de seguridad que garantizaron la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información.

Este proceso histórico marca el inicio del litigio en línea y representa un avance significativo en la transformación cultural, el incremento de la eficiencia y eficacia de las decisiones judiciales y el fortalecimiento de la capacidad institucional.

Se espera que algún día los abogados puedan presentar sus demandas y memoriales desde su casa, a cualquier hora, lo que también favorecerá el acceso a la justicia por parte de los ciudadanos.

Origen de la noticia: BOGOTA-CUNDINAMARCA-Colombia,
Fecha de la noticia: 30-Enero-2014
Fecha última actualización: 30-Enero-2014
Fuente: Oficina de Comunicaciones Rama Judicial”.

 

¡Gracias por compartirla!
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1 respuesta a PRIMER PROCESO JUDICIAL SIN PAPEL EN COLOMBIA. Por Óscar Humberto Gómez Gómez

  1. Alvaro Lozada dijo:

    Un medio milenario, como es la forma original de comunicación humana, la voz, registrada en las formas modernas de tecnología de punta, buscando racionalmente de no repetir los sistemas de almacenamiento de datos. Con las consecuencias de rapidez y seguridad.
    También, y hablando de proteger árboles, el sistema está usando mucho menos papel, dándole esta obligación al sistema financiero y obviamente cómplice complaciente de sus intereses, pues el usuario ya no usa el papel para sus transacciones, usa otros sistemas de almacenamiento del patrón moneda, pero esta obligación de los ESTADOS, se convierte en un medio de riqueza de la banca y en un incumplimiento de los deberes del ESTADO, que afecta directamente los pobres recursos de los individuos, como sujetos inermes de nuestra desigual sociedad colombiana.

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