

En Colombia (y, por supuesto, en Santander), quien sea condenado en segunda instancia después de haber sido absuelto en primera, podrá recurrir la decisión ante el superior jerárquico del juez que lo condenó. Ello significa que habrá una tercera instancia.
Así lo dispuso la Corte Constitucional mediante sentencia C – 792 de 2014.
La polémica decisión —que ha dado inicio a una verdadera polvareda en el mundo del derecho — se tomó por la escasa mayoría de un voto, ya que de los nueve magistrados de la Corte, salvaron el voto cuatro (María Victoria Calle Correa, Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Martha Victoria Sáchica Méndez y Luis Ernesto Vargas Silva). El magistrado ponente fue Luis Guillermo Guerrero Pérez.