º Desde hace unos años, la Rama Judicial colombiana puso al servicio de los abogados su página de Internet.
La nueva herramienta de trabajo empezó a beneficiar sobre todo a quienes ejercemos la abogacía desde la provincia.
Gracias a ella, pudimos empezar a seguir la secuencia de las actuaciones procesales en los expedientes a nuestro cargo, o mejor: en los negocios dentro de los cuales actuamos como apoderados, en el caso nuestro de los demandantes, en los juicios de responsabilidad contra las instituciones oficiales.
Veníamos cuestionando, eso sí, que dependencias judiciales como el Tribunal Administrativo del Cesar y los juzgados administrativos de Valledupar, o el Juzgado Administrativo de Barrancabermeja, o el de San Gil, no estuvieran en la página, mientras que, en cambio, y paradójicamente, sí lo estaban el Consejo de Estado de Colombia, el Tribunal Administrativo de Santander y los juzgados administrativos de Bucaramanga.
Veníamos abogando porque la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, entidad que maneja la Administración de Justicia en Colombia, se apersonara de la obligatoriedad que debería haber para que TODOS los tribunales administrativos y TODOS los juzgados administrativos del país estuvieran en la página.
Más tarde, y como nuestra oficina no maneja un solo proceso, ni dos, ni cinco, sino casi dos centenares, el ingeniero Óscar Fernando Gómez Sandoval tuvo la feliz idea de crearnos un programa que nos permitía acceder rápidamente día tras día a la información correspondiente a nuestros procesos y enterarnos de primera mano si en el respectivo día había sido notificado algo relacionado con alguno o con algunos de esos procesos.
No voy a decir que la página fuera modelo de perfección. Al contrario, cuestionábamos -entre otras fallas- las dificultades permanentes para acceder a ella, la manera ambigua y confusa como se redactaban algunas de las anotaciones, así como también que se eliminaran o alteraran anotaciones ya publicadas, en lugar de dejarlas intactas y hacer más adelante la correspondiente corrección o precisión sobre el contenido o la no validez de la que se había publicado.
Más allá de estas críticas, de todos modos la página nos venía prestando un invaluable servicio.
Pero como en este país el malandrín siempre termina decidiendo el curso de la historia y es la gente honesta la que termina despojada de las conquistas de la civilización y de los derechos alcanzados por el devenir social sólo porque los pícaros o los deshonestos de siete suelas que nunca faltan comienzan a utilizar los valiosos recursos brindados por la ciencia, la tecnología, la informática o el derecho con fines retorcidos, el acceso a la página, que era libre y sencillo, lo convirtieron en una pesadilla.
Y es que los ingenieros a cargo de ella se inventaron -no sé si con el beneplácito de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura- los llamados “CAPTCHAS”.
Estos consisten en que ya el abogado que pretenda ingresar a la página tiene que no solo llenar las casillas que allí aparecen con datos como el número de radicación del proceso o el nombre del demandante, sino, además, superar unos desafíos que allí se le van presentando. Inicialmente, pusieron al visitante a efectuar unas sumas (por ejemplo: 87 + 26), pero ahora les dio por ponerlo a escribir las letras o números que allí aparecen. Solo que esas letras y esos números aparecen difuminados, o incompletos, o trazados con unos caracteres que nos los entiende nadie, de manera que uno de esos caracteres bien puede ser una F, una T o una P, y si el infeliz visitante anota P cuando en realidad era F no puede entrar a ver el número de su proceso y debe, en consecuencia, seguir intentando con los “CAPTCHAS” que le ponen en seguida: uno, otro, otro más, hasta que por fin tenga la suerte de atinarles a todos las letras y a todos los números.
Pero -al menos en el caso específico de que se entre a buscar un proceso con el nombre del demandante- ni aun superando el “CAPTCHA” puede el abogado mirar las anotaciones de su proceso porque una vez aparece el número de radicación tiene que volver a superar un nuevo “CAPTCHA” que le ponen a descifrar y ahí comienza de nuevo el perverso jueguito hasta que logre identificar todas las letras y todos los números de alguno de los sucesivos “CAPTCHAS” que, intento tras intento, le van poniendo como reto.
Cuando, por fin, santa Rita, patrona de las causas difíciles, se apiada de aquel desdichado abogado provinciano y éste adivina el “CAPTCHA” completo, entonces ahí sí se abre ante sus ojos la información del proceso al que estaba buscando acceder.
Pues bien: Cualquiera entiende que si ese abogado solamente tiene a su cargo un proceso, o dos, o siete, posiblemente no se demore sino apenas la mañana en enterarse de las novedades que se han producido en sus casos.
Pero si el visitante no tiene a su cargo un proceso, ni dos, ni siete, sino cien, ciento cincuenta o doscientos -como ocurre en el caso nuestro- fácilmente se comprenderá que, de seguro, le dará la medianoche, e incluso la hora en que cantan los gallos saludando el nuevo día, sin haberse podido enterar de las novedades.
Con la colocación de esos “CAPTCHAS” se busca, según lo que dice allí, que no se haga mal uso de la página, lo cual ocurre cuando a ella no ingresan personas, sino máquinas. Esos “CAPTCHAS” no pueden ser leídos por una máquina, sino por el ojo humano, con lo cual los ingenieros a cargo de la página se aseguran de que a la página no ingrese una máquina que recoja abundante información, como sucedía con nuestro programa. Según se sugiere allí, el que se permita que ingrese una máquina abre la posibilidad de que se haga mal uso de la página.
Sucede, empero, que en mi caso el programa no hace mal uso de la página, sino que, simplemente, me auxilia para evitarme tener que abrir casi dos centenares de procesos uno por uno. No es justo, entonces, que se me margine de la página. Y digo que se me margine porque mis ojos, que ya fueron objeto de intervención quirúrgica, no parecen capaces de descifrar esos “CAPTCHAS”, a juzgar por las numerosas veces que me ha tocado intentar superar los retos.
No es posible que continúe este absurdo de que a la gente honesta se le priva de todo por obra y gracia de los deshonestos. Ya nadie sale a caminar por las calles porque las calles son propiedad, no de la nación, es decir, de la comunidad, sino de los hampones; ya nadie retoza en un parque porque los parques no son para las familias, sino para los ladrones y atracadores; y así sucesivamente, la persona honrada y trabajadora se va viendo relegada de todos los escenarios y el delito cada vez más se apodera de todos los espacios. Si no que le diga el centro de las grandes ciudades, de donde todo el mundo quisiera estar lejos. Pues bien: aquí personajes que le dan mal uso a la tecnología y a la informática terminan dando al traste con el derecho al trabajo y a la información de los abogados, y con el derecho al trabajo de los ingenieros.
Esto tiene que parar. La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura tiene que buscar de qué manera conjuga los asuntos de orden técnico con el derecho inviolable del abogado de provincia a la información judicial que se produce en la capital de la república y, obviamente, con su derecho inviolable a verse beneficiado de los avances alcanzados por la informática y la tecnología.
Pero la solución debe ser PRONTA, MUY PRONTA.
Porque para nadie es un secreto que mientras todas estas trabas técnicas nos impiden acceder a la página web de la Rama Judicial, a nosotros los abogados nos siguen corriendo ininterrumpidamente los términos judiciales y nos seguimos exponiendo a perder un pleito por falta de información oportuna.
Internet es una maravilla del mundo moderno que debe estar al servicio de la Justicia.
No es posible que mientras el mundo va a la velocidad de una nave supersónica, la Justicia siga andando a la velocidad de un burro.
Les digo que sinceramente tiene muchos problemas para ubicar procesos… el programa anterior era más rápido y todo se encontraba…en esta página siempre dice no encontrado…ni con número de expediente ni con los apellidos del demandante o demandado …uno debe ir hasta el juzgado…por ejemplo, siempre busco en el juzgado 64 civil municipal y el dicho programa no encuentra un expediente que es del año pasado …lo mismo sucede con los procesos que están ubicados en “carrera décima”…En conclusión, en el 80 % es malo.