Todos los jueces colombianos: los civiles municipales, los civiles del circuito, los laborales del circuito, los de familia, los penales municipales, los penales del circuito, los de ejecución de penas, los administrativos del circuito y los promiscuos municipales; y todos los magistrados: los de los tribunales superiores, los de los consejos seccionales de la judicatura, los de los tribunales administrativos, los de la Sala de Casación Civil, de la Sala de Casación Laboral, de la Sala de Casación Penal, en fin, los de toda la Corte Suprema de Justicia; los de la Sección I, los de la Sección II, los de la Sección III, los de la Sección IV y los de la Sección V, es decir, los de toda la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado; los del Consejo Superior de la Judicatura; mejor dicho: todos los funcionarios del Poder Judicial colombiano están facultados para proferir sentencias de tutela.
Este sancocho judicial le ha hecho, por supuesto, un inmenso daño a la Justicia y a la tutela misma: las contradicciones entre unos jueces y otros son permanentes; los fallos de tutela que asombran al país, por su manifiesta improcedencia o escandalosa injusticia, ocupan todos los días las páginas de los periódicos; el desconocimiento de las directrices que ha trazado en esa materia la Corte Constitucional, por parte de funcionarios judiciales que se supone son subalternos de ella en la misma, pero que se niegan a aceptarlo, como sucede con los magistrados del Consejo de Estado, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo Superior de la Judicatura y de no pocos tribunales, han convertido la tutela en un juego de dados: todo depende, en últimas, de con quién le toque a uno.
Esta situación la hemos venido denunciando desde hace largo tiempo y son múltiples las oportunidades en que se ha notado la total inconveniencia de que este berenjenal siga.
Pero como en este país nadie escucha a nadie, y como aquí no se aprende de las evidencias, las cosas continúan igual, a pesar de que ya era hora de que, si no nuestras opiniones al menos sí las campanadas de alerta, hubieran despertado al Estado colombiano de su marasmo y se hubiese creado y puesto a funcionar una verdadera JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL INDEPENDIENTE, en la cual se aplicara una auténtica JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL.
Por ejemplo, solamente hasta ahora, VEINTE AÑOS DESPUÉS, el Consejo de Estado ha aceptado, a regañadientes, que sí es procedente la tutela contra providencias judiciales, a pesar de que la Corte Constitucional, máxima jerarquía de la jurisdicción constitucional en cualquier país civilizado del mundo, venía ordenándolo desde hacía, precisamente, veinte años. Quiere ello decir que a lo largo de todos estos veinte años, el Consejo de Estado rechazó por improcedentes las numerosas tutelas que ante él, confiados en su imparcialidad, presentamos muchos colombianos, de esos que pagamos altísimos impuestos para, entre otras cosas, sostener el aparato judicial.
Las preguntas son obvias: ¿Y qué dice el Consejo de Estado de la gente que durante todo este tiempo no fue tutelada en sus derechos fundamentales conculcados por sentencias y autos judiciales arbitrarios? ¿Quién responderá por esa prolongada denegación de justicia que tácitamente se está confesando?
Un juez, no sé cuál de tantos, acaba de proferir una sentencia de tutela que restablece la revisión técnico-mecánica de los automotores. Y, claro: se ha desencadenado, por enésima vez, el caos.
Esperemos a ver qué va a pasar.
No olvidemos que aquí todo el mundo manda, aquí nadie obedece, y que la tutela sirve, finalmente, para todo.
La acción de tutela contra providencias judiciales es algo elemental, y más con todos los elementos que usted planteó en este artículo. Existen sentencias que darían risa, si no fuese porque ocasionan una gran tragedia a las personas que por desgracia las sufren. Injusticias que para algunos jueces muy mal preparados aparentan ser correctas. ¿Qué nos espera a los colombianos?. La creación de la jurisdicción constitucional es perentoria. Me gustaría ver qué pensarían los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, si un hijo de ellos interpone una acción de tutela por una violación a alguno de sus derechos fundamentales, y un juez promiscuo falla algo completamente injusto (e incluso injusto con el idioma castellano, ya que yo mismo he visto fallos en ciertos juzgados huilenses, donde se destacan no sólo por su desprecio infinito a la Constitución y su espíritu, sino también por la formación educativa, al escribir palabras como: “jusgar”, “polisia”, etc…). Quisiera ver si así insistirían en negarles a los colombianos este derecho, que hasta ahora, ha sido completamente inútil (salvo las sentencias donde la Corte Constitucional terminaba dando la última palabra).
Como lo comentaba hace poco un periodista amigo, natural de Baraya, Huila, la “ciudad del eterno retorno”, hoy en día cualquier abogado de tres pesos es juez.