Como nuestros amigos lo saben, el joven santandereano JOSÉ FRANKLIN JEREZ VILLALOBOS fue víctima del Estado colombiano por partida doble, pues, de un lado, el Ministerio de Transporte lo dejó mutilado a través de una falla del servicio derivada de la irresponsable conducta de uno de sus conductores oficiales, quien, en avanzado estado de embriaguez, lo embistió y le destrozó una de sus piernas, extremidad que hubo de serle amputada, y de otro lado, el mismo Ministerio de Transporte le permitió a un delincuente, a través de funcionarios corruptos, que tranquilamente se llevara de sus instalaciones, ubicadas en el CAN de Bogotá, un cheque que le correspondía a él y que debía serle entregado a su apoderado – casualmente el director de este portal – y campantemente lo cobrara por ventanilla en un banco cercano.
El caso de JOSÉ FRANKLIN ha sido llevado otra vez a los estrados judiciales colombianos mediante nueva demanda contencioso-administrativa, entablada en esta oportunidad contra la Rama Judicial, y a través de una acción de tutela contra la Fiscalía General de la Nación.
En el proceso contencioso administrativo, las esperanzas de justicia estarán cifradas en los magistrados del Tribunal Administrativo de Santander que no tuvieron participación alguna en el trámite del anterior proceso -ya que los que conocieron de éste tendrán que declararse impedidos- y en el Consejo de Estado de Colombia. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera, alta corporación que tampoco tuvo participación en el mismo.
En cuanto a la tutela, las esperanzas estarán cifradas en la Corte Constitucional, alto tribunal que reiteradamente ha defendido el derecho de los ciudadanos a acudir a la acción de tutela contra decisiones judiciales.
La Corte Constitucional estará en libertad de asumir el conocimiento del caso, si así lo desea. Si no lo hace, podría ser exhortada por el Defensor del Pueblo o el Procurador General de la Nación a través de lo que se conoce como una solicitud de insistencia.
En la demanda de tutela se cuestiona la actuación desplegada en el caso por la Fiscalía General de la Nación, entidad que no solo no investigó el robo del cheque y torpedeó la justa reclamación elevada por la joven víctima para que el Ministerio de Transporte le pagara lo que seguía debiéndole, sino que, además, se apresuró a pedir, con una argumentación sesgada, la preclusión y archivo de la investigación penal que por delitos como los de prevaricato, abuso de autoridad, fraude procesal y obstrucción a la justicia, había sido solicitada ante el Despacho del Fiscal General de la Nación Guillermo Mendoza Diago. La acción de tutela también cobija a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, alta corporación que respaldó la solicitud de preclusión formulada por la Fiscalía.
Aunque las perspectivas de la acción de tutela antes de su remisión a la Corte Constitucional no son halagüeñas, dado que es la misma Corte Suprema de Justicia, a través de su Sala de Casación Civil, la que tramita y resuelve las tutelas que se entablan en contra suya, y dicha Corporación ya ha repetido que la tutela, en su criterio (completamente contrario al de la Corte Constitucional), no procede contra decisiones judiciales, y por ende mucho menos se cree que vaya a aceptar su procedencia contra una decisión emergida del seno de la propia Corte Suprema, se optó por entablarla, de todas maneras, para dejar constancia de que se agotaron todas las vías posibles del derecho interno colombiano en busca de que se hiciera justicia. Ello, como soporte a la decisión que ya se tomó de llevar el asunto de José Franklin Jerez Villalobos a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA), con sede en Washington, mediante denuncia contra el Estado colombiano en razón a la actuación desplegada en este vergonzoso caso por las autoridades locales que tuvieron que ver con él.
Para rememorar las circunstancias que han rodeado el absurdo caso de José Franklin, dé, por favor, clic izquierdo encima del siguiente enlace:
http://www.oscarhumbertogomez.com/?p=3193
Estimado Doctor Gómez, buenas noches:
Mi esposa junto con más de cientos si no miles de personas, estamos siendo atropellados con el portal de la rama judicial en donde cualquier persona ingresa a su sitio WEB y colocando el nombre o numero de documento de identidad se despliega sin ningún control y de manera totalmente publica violando su derecho a la intimidad y al habeas data datos estrictamente personales.
Fueron años tratando el tema del DAS, hasta que por fin la Corte Constitucional se pronunció al respecto y ordenó a la ahora Policía Nacional antes DAS no permitir la publicación de sus antecedentes cuando ya las penas habían sido extinguidas.
En el caso de mi esposa, quien por falta de una defensa, recursos económicos y una total ignorancia en el tema judicial fue condenada por un delito que no cometió, el mismo hizo curso en varios juzgados donde fue condenada a 17 meses de prisión, pena que al parecer por su tiempo fue extinguida y ordenada para ser archivada y actualizada en las bases de datos del Estado.
Sin embargo, ha sido imposible que el portal de la rama judicial “quite” de sus consultas públicas los datos de mi esposa, lesionándola seriamente al punto de encontrarse desempleada hace varios años, pues los Head Hunters o cazatalentos o entidades privadas de selección de personal han tenido acceso a este portal y la han denigrado como vil delincuente sin la posibilidad siquiera de desarrollar su profesión y por ende el sustento para su familia en condiciones de igualdad y de dignidad.
Ruego a usted, Doctor Gómez, extendernos su generosidad y conocimientos a fin de lograr una luz al final de este oscuro túnel de la vida que hemos tenido que padecer en nuestra familia, donde ciertamente vemos con desconcierto cómo delincuentes con verdaderos crímenes se pasean campantes por nuestra sociedad sin que el Estado se pronuncie y a los cuales en muchas ocasiones por el contrario protege.
Gracias por su generosidad; esperamos de todo nuestro corazón que por favor se contacte con nosotros a través del correo electrónico que adjuntamos.
Cordialmente
Fernando Rodríguez Hernández